SERVICIOS SOCIALES ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PLAZA

 

 

 

DIRECCIÓN DE SALUD:

- Ayudas técnicas (implementos médicos)

Requisitos:

-         Informe médico

-         Fotocopia de la cédula de identidad

-         Carta explicativa

 

-         Vacunación

-         Todos los lunes

Previa cita

 

- Consulta de Pediatría

Previa cita

 

Dirección: sector Pueblo Arriba, calle 5 de julio con Bolívar (a dos cuadras de la plaza Bolívar). Guarenas.

 

 

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN:

- Cursos:

-         Curso Básico de Computación

-         Curso de Alfabetización Tecnológica

-         Curso de Computación Avanzado

-         Curso de Seguridad Informática

 

- Solicitud de cupos y zonificación

 

- Denuncias sobre instituciones privadas (violación al derecho a la educación)

 

Dirección: calle Páez con Ayacucho (antiguo Banco La Guaira). Guarenas.

 

 

DIRECCIÓN DE CULTURA:

- Talleres:

-         Teatro

-         Teatro infantil

-         Danzas

-         Dibujo

-         Manualidades

-         Papagayo y juegos tradicionales

-         Escultura

 

Dirección: sector Pueblo Arriba, plaza Bolívar. Casa de la Cultura Antonio María Piñate. Guarenas.

 

 

 

 

UNIDAD DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD:

- Inserción laboral en empresas públicas y privadas

 

- Talleres de sensibilización y concientización sobre el trato a  las personas con discapacidad

 

- Denuncias sobre maltrato a personas con discapacidad

 

Dirección: sector Pueblo Arriba, calle Bolívar (antigua sede de Hacienda Municipal, a dos cuadras de la plaza Bolívar). Guarenas.

 

 

 

 

REGISTRO CIVIL:

- Presentación de niños, niñas y adolescentes

Requisitos (padres casados):

- Presencia de uno de los padres (padre o madre)

- Cédula de identidad laminada y vigente de ambos padres

- 2 fotocopias de la cédula de identidad de ambos padres

- Certificado de nacimiento original

- 2 fotocopias del certificado de nacimiento

- Fotocopia del acta de matrimonio

 

Requisitos (padres solteros):

- Presencia de ambos padres (padre y madre)

- Cédula de identidad laminada y vigente de ambos padres

- 2 fotocopias de la cédula de identidad de ambos padres

- Certificado de nacimiento original

- 2 fotocopias del certificado de nacimiento

 

Requisitos (madre o padre fallecido):

- Cédula de identidad laminada y vigente de ambos padres

- 2 fotocopias de la cédula de identidad de ambos padres

- Certificado de nacimiento original

- 2 fotocopias del certificado de nacimiento

- 2 fotocopias del Acta de Defunción de la madre o padre fallecido

- Presencia de un familiar de la persona fallecida

 

 

- Registro de personas mayores de 18 años de edad

Requisitos:

- Formato de solicitud suministrada por la oficina de Registro Civil

- Original y fotocopia de oficio emanado de la dirección del centro de salud donde ocurrió el nacimiento

- Original y fotocopia de la tarjeta o certificado de nacimiento

- Original y fotocopia de constancia de no presentación

- Original y fotocopia de constancia de no inserción

- 2 fotocopias de la cédula de identidad de la madre o ambos padres, según sea el caso

- 2 fotocopias del acta de defunción en caso de fallecimiento de alguno de los padres

 

 

 

 

-Expedición de Partidas de Nacimiento

Requisitos:

- Fotocopia del acta de presentación o datos de la partida

 

 

- Matrimonio

 

Requisitos Artículo 66 (novios)

- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes

- Partida de nacimiento original y vigente de ambos contrayentes

- Original y fotocopia de las cédulas de identidad, laminadas y vigentes

- Fotocopia de la cédula de identidad de  dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)

- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio.

- Si alguno de los contrayentes es viudo, acta de defunción del cónyuge fallecido.

- Constancias médicas del buen estado de salud de los contrayentes (Art. 112 Ley Orgánica de Registro Civil)

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)

- De tener hijos en común, original y fotocopia de la(s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)

- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes.

Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización  de uno o ambos padres.

 

 

Requisitos Artículo 66 (extranjeros residentes)

- Cartas de Soltería notariadas de ambos de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o consulado del país de origen)

- Partida de nacimiento original y vigente de ambos contrayentes, debidamente legalizada.

- Original y fotocopia de las cédulas de identidad laminadas

- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)

- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio.

- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido.

- Constancias médicas del buen estado de salud de los contrayentes (Artículo 69 Código Civil)

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, en común, original y fotocopia de las (s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)

- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes.

Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.

 

 

 

Requisitos Artículo 66 (extranjeros transeúntes)

- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o el consulado del país de origen)

- Partida de nacimiento original y vigente de ambos contrayentes, debidamente legalizada

- Visa vigente

- Original y fotocopia de las cédulas de identidad laminadas

- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)

- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio

- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido

- Constancias médicas del buen estado de salud de los contrayentes (Artículo 69 Código Civil)

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)

- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes.

Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.

 

 

Artículo 70 (concubinos)

- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes

- Original y fotocopias de las cédulas de identidad, laminadas y vigentes de ambos contrayentes

- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años)

- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio

- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, en común, original y fotocopia de las (s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)

Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.

 

 

Artículo 70 (extranjeros residentes)

- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o el consulado del país de origen)

- Partida de nacimiento, original y vigente, de ambos contrayentes, debidamente legalizada.

- Cédulas de identidad laminadas o pasaporte, original y fotocopias

- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)

- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio.

- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido

- De tener hijos de 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)

- De tener hijos 0 a 17 años de edad, en común, original y fotocopia de las (s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)

- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes

Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.

 

 

Artículo 70 (extranjeros transeúntes)

- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o el consulado del país de origen)

- Partida de nacimiento, original y vigente, de ambos contrayentes, debidamente legalizada

- Visa vigente

- Cédulas de identidad laminadas o pasaporte, original y fotocopias

- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)

- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio

- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido

- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)

- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes

Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.

 

 

 

- Expedición de Actas de Matrimonio

Requisitos:

- Fotocopia del acta de presentación o datos del acta

 

 

- Constancia de Unión Estable de Hecho (Concubinato)

Requisitos:

- Fotocopia de la cédula de identidad de ambas personas

- Recibo de servicio (agua, luz o teléfono)

- Dos (02) testigos presenciales

- Fotocopia de la (s) partida (s) de nacimiento de hijos (as) procreados en la unión, aún los mayores de 18 años de edad

- Los interesados no pueden estar casados

 

 

- Carta de Residencia

Requisitos:

- Impuesto de 0,15 Unidades Tributarias (Hacienda Municipal)

- 0,3 Unidades Tributarias en timbres fiscales del Estado Miranda

- Fotocopia de la cédula de identidad

- Recibo de servicio (agua, luz o teléfono)

- Fotocopia del documento de propiedad (sólo para Seniat)

 

 

 

- Carta de Soltería (sin fines matrimoniales)

Requisitos:

- Impuesto de 0,15 Unidades Tributarias (Hacienda Municipal)

- 0,3 Unidades Tributarias en timbres fiscales del Estado Miranda

- Fotocopia de la cédula de identidad

- Recibo de servicio (agua, luz o teléfono)

 

 

 

- Declaración de Defunción

Requisitos:

- Original y 2 fotocopias del Certificado de Defunción

- Original y 3 fotocopias de la cédula de identidad del fallecido(a)

- Original y 2 fotocopias de la cédula de identidad del declarante

- 2 fotocopias de las cédulas de identidad o partidas de nacimiento de los hijos (as) del fallecido                                                                  

- 2 fotocopias de acta de matrimonio o sentencia de divorcio, en caso de que el estado civil sea contrario al de la cédula de identidad                                                                                             

- 2 fotocopias de unión estable de hecho o concubinato vigente                                                                                                                     

- 2 fotocopias de la cédula de identidad de dos (02) testigos (venezolanos, no deben ser  familiares), que deberán comparecer conjuntamente con el declarante

-Las declaraciones deben realizarse dentro de las primeras 48 horas de su ocurrencia, después de este lapso deberán presentar exposición de motivos que justifique la demora

 

NOTA: presentar todas las copias en una hoja (sin recortar).

 

 

 

- Permiso de entierro, cremación o traslado

 

Si el fallecimiento ocurre en la zona:

- Original y fotocopia del Certificado de Defunción, firmado y sellado por el médico que certifica el fallecimiento

- 3 fotocopias de la cédula de identidad, partida de nacimiento o pasaporte del fallecido

- 2 fotocopias de cédula de identidad del declarante

- 2 fotocopias de la cédula de identidad o partidas de nacimiento de hijos (as) del fallecido

- 2 fotocopias de la cédula de identidad de dos (02) testigos.

- Fotocopia de partida de matrimonio, acta de divorcio o constancia de unión concubinaria, si el estado civil es contrario al de la cédula de identidad

 

Si el fallecimiento ocurre fuera de la zona:

- Fotocopia de la cédula de identidad del fallecido

- Fotocopia del Certificado de Defunción

- Permiso sanitario para traslado, expedido por dirección de  Epidemiología

- Permiso de traslado expedido por la autoridad de la zona donde ocurrió el fallecimiento

 

Permisos de traslado de cadáveres fuera del municipio:

-  Fotocopia de la cédula de identidad, partida de nacimiento o pasaporte del fallecido

-  Original y fotocopia del Certificado de Defunción

-  Fotocopia del permiso sanitario para traslado, expedido por la autoridad civil de la zona

 

 

- Permiso de exhumación, inhumación o cremación de restos

- Original y fotocopia del Certificado de Defunción

- Permiso de exhumación expedido por la autoridad civil de la zona

- Permiso sanitario en caso de tener manos de cinco (5) años de fallecido

- Solicitud por escrito dirigida a la autoridad civil de la zona

- Fotocopia de la cédula de identidad del familiar solicitante (en caso de ser intermediario, anexar autorización de familiar)

 

- Permiso para Meseras

Requisitos:

- Pago de impuesto ante Hacienda Municipal

- Original y fotocopia de la cédula de identidad

- Examen hecho por sanidad

- Certificado de salud

- Examen HIV

- Examen de secreción vaginal