SERVICIOS SOCIALES ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PLAZA
DIRECCIÓN DE SALUD:
- Ayudas técnicas (implementos médicos)
Requisitos:
- Informe médico
- Fotocopia de la cédula de identidad
- Carta explicativa
- Vacunación
- Todos los lunes
Previa cita
- Consulta de Pediatría
Previa cita
Dirección: sector Pueblo Arriba, calle 5 de julio con Bolívar (a dos cuadras de la plaza Bolívar). Guarenas.
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN:
- Cursos:
- Curso Básico de Computación
- Curso de Alfabetización Tecnológica
- Curso de Computación Avanzado
- Curso de Seguridad Informática
- Solicitud de cupos y zonificación
- Denuncias sobre instituciones privadas (violación al derecho a la educación)
Dirección: calle Páez con Ayacucho (antiguo Banco La Guaira). Guarenas.
DIRECCIÓN DE CULTURA:
- Talleres:
- Teatro
- Teatro infantil
- Danzas
- Dibujo
- Manualidades
- Papagayo y juegos tradicionales
- Escultura
Dirección: sector Pueblo Arriba, plaza Bolívar. Casa de la Cultura Antonio María Piñate. Guarenas.
UNIDAD DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
- Inserción laboral en empresas públicas y privadas
- Talleres de sensibilización y concientización sobre el trato a las personas con discapacidad
- Denuncias sobre maltrato a personas con discapacidad
Dirección: sector Pueblo Arriba, calle Bolívar (antigua sede de Hacienda Municipal, a dos cuadras de la plaza Bolívar). Guarenas.
REGISTRO CIVIL:
- Presentación de niños, niñas y adolescentes
Requisitos (padres casados):
- Presencia de uno de los padres (padre o madre)
- Cédula de identidad laminada y vigente de ambos padres
- 2 fotocopias de la cédula de identidad de ambos padres
- Certificado de nacimiento original
- 2 fotocopias del certificado de nacimiento
- Fotocopia del acta de matrimonio
Requisitos (padres solteros):
- Presencia de ambos padres (padre y madre)
- Cédula de identidad laminada y vigente de ambos padres
- 2 fotocopias de la cédula de identidad de ambos padres
- Certificado de nacimiento original
- 2 fotocopias del certificado de nacimiento
Requisitos (madre o padre fallecido):
- Cédula de identidad laminada y vigente de ambos padres
- 2 fotocopias de la cédula de identidad de ambos padres
- Certificado de nacimiento original
- 2 fotocopias del certificado de nacimiento
- 2 fotocopias del Acta de Defunción de la madre o padre fallecido
- Presencia de un familiar de la persona fallecida
- Registro de personas mayores de 18 años de edad
Requisitos:
- Formato de solicitud suministrada por la oficina de Registro Civil
- Original y fotocopia de oficio emanado de la dirección del centro de salud donde ocurrió el nacimiento
- Original y fotocopia de la tarjeta o certificado de nacimiento
- Original y fotocopia de constancia de no presentación
- Original y fotocopia de constancia de no inserción
- 2 fotocopias de la cédula de identidad de la madre o ambos padres, según sea el caso
- 2 fotocopias del acta de defunción en caso de fallecimiento de alguno de los padres
-Expedición de Partidas de Nacimiento
Requisitos:
- Fotocopia del acta de presentación o datos de la partida
- Matrimonio
Requisitos Artículo 66 (novios)
- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes
- Partida de nacimiento original y vigente de ambos contrayentes
- Original y fotocopia de las cédulas de identidad, laminadas y vigentes
- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio.
- Si alguno de los contrayentes es viudo, acta de defunción del cónyuge fallecido.
- Constancias médicas del buen estado de salud de los contrayentes (Art. 112 Ley Orgánica de Registro Civil)
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)
- De tener hijos en común, original y fotocopia de la(s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)
- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes.
Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.
Requisitos Artículo 66 (extranjeros residentes)
- Cartas de Soltería notariadas de ambos de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o consulado del país de origen)
- Partida de nacimiento original y vigente de ambos contrayentes, debidamente legalizada.
- Original y fotocopia de las cédulas de identidad laminadas
- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio.
- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido.
- Constancias médicas del buen estado de salud de los contrayentes (Artículo 69 Código Civil)
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, en común, original y fotocopia de las (s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)
- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes.
Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.
Requisitos Artículo 66 (extranjeros transeúntes)
- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o el consulado del país de origen)
- Partida de nacimiento original y vigente de ambos contrayentes, debidamente legalizada
- Visa vigente
- Original y fotocopia de las cédulas de identidad laminadas
- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio
- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido
- Constancias médicas del buen estado de salud de los contrayentes (Artículo 69 Código Civil)
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)
- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes.
Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.
Artículo 70 (concubinos)
- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes
- Original y fotocopias de las cédulas de identidad, laminadas y vigentes de ambos contrayentes
- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años)
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio
- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, en común, original y fotocopia de las (s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)
Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.
Artículo 70 (extranjeros residentes)
- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o el consulado del país de origen)
- Partida de nacimiento, original y vigente, de ambos contrayentes, debidamente legalizada.
- Cédulas de identidad laminadas o pasaporte, original y fotocopias
- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio.
- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido
- De tener hijos de 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)
- De tener hijos 0 a 17 años de edad, en común, original y fotocopia de las (s) partida (s) de nacimiento de los hijos (as)
- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes
Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.
Artículo 70 (extranjeros transeúntes)
- Cartas de Soltería notariadas de ambos contrayentes (debe ser expedida por la embajada o el consulado del país de origen)
- Partida de nacimiento, original y vigente, de ambos contrayentes, debidamente legalizada
- Visa vigente
- Cédulas de identidad laminadas o pasaporte, original y fotocopias
- Fotocopia de la cédula de identidad de dos (2) testigos (venezolanos, mayores de 21 años de edad)
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, copia certificada de la sentencia de divorcio
- Si alguno de los contrayentes es viudo, Acta de Defunción del cónyuge fallecido
- De tener hijos entre 0 a 17 años de edad, uno de los contrayentes, deberá presentar la respectiva curatela (Tribunal de Menores)
- Fotocopia de la cédula de identidad de los padres de los contrayentes
Nota: en caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, debe tener la respectiva autorización de uno o ambos padres.
- Expedición de Actas de Matrimonio
Requisitos:
- Fotocopia del acta de presentación o datos del acta
- Constancia de Unión Estable de Hecho (Concubinato)
Requisitos:
- Fotocopia de la cédula de identidad de ambas personas
- Recibo de servicio (agua, luz o teléfono)
- Dos (02) testigos presenciales
- Fotocopia de la (s) partida (s) de nacimiento de hijos (as) procreados en la unión, aún los mayores de 18 años de edad
- Los interesados no pueden estar casados
- Carta de Residencia
Requisitos:
- Impuesto de 0,15 Unidades Tributarias (Hacienda Municipal)
- 0,3 Unidades Tributarias en timbres fiscales del Estado Miranda
- Fotocopia de la cédula de identidad
- Recibo de servicio (agua, luz o teléfono)
- Fotocopia del documento de propiedad (sólo para Seniat)
- Carta de Soltería (sin fines matrimoniales)
Requisitos:
- Impuesto de 0,15 Unidades Tributarias (Hacienda Municipal)
- 0,3 Unidades Tributarias en timbres fiscales del Estado Miranda
- Fotocopia de la cédula de identidad
- Recibo de servicio (agua, luz o teléfono)
- Declaración de Defunción
Requisitos:
- Original y 2 fotocopias del Certificado de Defunción
- Original y 3 fotocopias de la cédula de identidad del fallecido(a)
- Original y 2 fotocopias de la cédula de identidad del declarante
- 2 fotocopias de las cédulas de identidad o partidas de nacimiento de los hijos (as) del fallecido
- 2 fotocopias de acta de matrimonio o sentencia de divorcio, en caso de que el estado civil sea contrario al de la cédula de identidad
- 2 fotocopias de unión estable de hecho o concubinato vigente
- 2 fotocopias de la cédula de identidad de dos (02) testigos (venezolanos, no deben ser familiares), que deberán comparecer conjuntamente con el declarante
-Las declaraciones deben realizarse dentro de las primeras 48 horas de su ocurrencia, después de este lapso deberán presentar exposición de motivos que justifique la demora
NOTA: presentar todas las copias en una hoja (sin recortar).
- Permiso de entierro, cremación o traslado
Si el fallecimiento ocurre en la zona:
- Original y fotocopia del Certificado de Defunción, firmado y sellado por el médico que certifica el fallecimiento
- 3 fotocopias de la cédula de identidad, partida de nacimiento o pasaporte del fallecido
- 2 fotocopias de cédula de identidad del declarante
- 2 fotocopias de la cédula de identidad o partidas de nacimiento de hijos (as) del fallecido
- 2 fotocopias de la cédula de identidad de dos (02) testigos.
- Fotocopia de partida de matrimonio, acta de divorcio o constancia de unión concubinaria, si el estado civil es contrario al de la cédula de identidad
Si el fallecimiento ocurre fuera de la zona:
- Fotocopia de la cédula de identidad del fallecido
- Fotocopia del Certificado de Defunción
- Permiso sanitario para traslado, expedido por dirección de Epidemiología
- Permiso de traslado expedido por la autoridad de la zona donde ocurrió el fallecimiento
Permisos de traslado de cadáveres fuera del municipio:
- Fotocopia de la cédula de identidad, partida de nacimiento o pasaporte del fallecido
- Original y fotocopia del Certificado de Defunción
- Fotocopia del permiso sanitario para traslado, expedido por la autoridad civil de la zona
- Permiso de exhumación, inhumación o cremación de restos
- Original y fotocopia del Certificado de Defunción
- Permiso de exhumación expedido por la autoridad civil de la zona
- Permiso sanitario en caso de tener manos de cinco (5) años de fallecido
- Solicitud por escrito dirigida a la autoridad civil de la zona
- Fotocopia de la cédula de identidad del familiar solicitante (en caso de ser intermediario, anexar autorización de familiar)
- Permiso para Meseras
Requisitos:
- Pago de impuesto ante Hacienda Municipal
- Original y fotocopia de la cédula de identidad
- Examen hecho por sanidad
- Certificado de salud
- Examen HIV
- Examen de secreción vaginal